Se ha publicado el Reglamento (UE) 2022/1616 de la Comisión relativo a los materiales y objetos de plástico reciclado destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 282/2008.

 

La Comisión Europea adoptó en 2018 una estrategia europea para el plástico, con el objeto de ampliar la capacidad de reciclado de plástico y en aumentar el contenido reciclado en los productos y envases de plástico.

 

Debido a que una gran proporción del plástico que se utilizan es destinada a envases alimentarios, se necesita una legislación reguladora.

 

El nuevo Reglamento clasifica las tecnologías de reciclado en 2 grupos:

 

  • Tecnologías apropiadas (“suitable technologies” en inglés).
  • Nuevas tecnologías (“novel technologies” en inglés, que se mantendrán con ese estatus durante algún tiempo hasta que puedan catalogarse como “suitable”).

 

Mientras que, en el caso de las tecnologías apropiadas, existe base suficiente para que EFSA realice su evaluación hoy en día, de momento para las nuevas tecnologías esto no es posible.

 

Este nuevo reglamento establece que el desarrollador de una nueva tecnología debe contar con pruebas y estudios científicos que demuestren que dicha tecnología puede fabricar materiales seguros para la persona consumidora. Además, debe notificarlo a las autoridades competentes y a la Comisión al menos 6 meses antes de comenzar a funcionar y proporcionar datos de vigilancia sobre los riesgos. Esos datos (y otra información) se emplearán por EFSA para emitir su dictamen final sobre su seguridad.