El Reglamento (UE) 2021/2117 modifica las normas de etiquetado de los vinos y se deberán indicar todas las menciones obligatorias definidas en el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

 

A partir del 8 de diciembre de 2023, además de las menciones que se indican actualmente en la etiqueta, será obligatorio indicar la lista de ingredientes y la información nutricional de los vinos. No obstante, los vinos “producidos” antes de esa fecha podrán seguir comercializándose con los requisitos de etiquetado aplicables antes de esta fecha hasta que se agoten las existencias.

NOVEDADES EN LA ETIQUETA

Se deberá indicar la lista de ingredientes, la cual incluirá todos los ingredientes del vino y la información nutricional, que se presentará en forma de tabla y por 100 ml.

 

Existen dos opciones para dar la nueva información en la etiqueta: toda la información en la etiqueta física o parte de la nueva información en una etiqueta digital a través de un código QR.

 

Si se opta por la opción electrónica, el VALOR ENERGÉTICO, al igual que los ALÉRGENOS, deberá indicarse obligatoriamente en la etiqueta física. Se puede expresar mediante el símbolo «E» (de energía) y su valor en kilojulios y kilocalorías, siempre por 100 ml.

 

El código QR estará situado en el mismo campo visual que las otras menciones obligatorias.

 

La primera pantalla de destino a la que dirige el QR:

  • No puede dar información comercial ni de marketing
  • No puede recopilar si seguir los datos de las personas usuarias

LISTA DE INGREDIENTES

 

Irá encabezada por un título que incluya la palabra ingredientes. En ella se incluirán todos los ingredientes del vino, en orden decreciente de peso (los que constituyan menos del 2% podrán enumerarse en orden diferente).

 

Podrá facilitarse por un medio electrónico (sin exhibir otra información con fines comerciales ni seguir datos de los usuarios) indicado en una etiqueta adherida a la botella.

 

ALÉRGENOS

Aunque la lista de ingredientes se facilite por medios electrónicos, las sustancias causantes de alergias o intolerancias tienen que presentarse en la etiqueta física.

 

Los alérgenos deben estar resaltados tipográficamente en la lista de ingredientes de la etiqueta o precedidos de “contiene” si la lista de ingredientes es electrónica.  Pueden además utilizarse pictogramas.

INFORMACIÓN NUTRICIONAL

 

La información nutricional se expresará en forma de tabla e incluirá, siempre por 100 ml:

 

a) el VALOR ENERGÉTICO indicado en kJ y kcal

b) las cantidades de grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal.

 

El valor energético siempre figurará en la etiqueta física y podrá expresarse mediante el símbolo “E” (de energía).

 

Cuando las cantidades sean 0 o cercanas, se podrá indicar “Contiene cantidades insignificantes de…”.

Con el objetivo de aclarar posible dudas, la Comisión ha publicado un documento con respuestas a las diferentes dudas planteadas: COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN: Preguntas y respuestas relativas a la aplicación de las nuevas disposiciones de la Unión Europea enmateria de etiquetado de vinos.

 

Además, desde ELIKA se ha desarrollado un folleto informativo sobre el tema: Novedades en el etiquetado del vino